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Condiciones Comerciales

En contra de lo dispuesto en el artículo 438, apartado 1, número 3, del Código Civil alemán, se aplicará el plazo de prescripción general. 

1. Las siguientes condiciones comerciales son aplicables a toda venta y suministro de Plantaflor Humus Verkaufs-GmbH (Plantaflor). Condiciones comerciales contrarias o las condiciones comerciales o de compra del comprador sólo se incluirán, si Plantaflor acepta por escrito expresa- mente su validez.

Si no se acuerda lo contrario, se aplicarán los Incoterms en la versión válida al firmar el contrato, tanto para operaciones nacionales como extranjeras.

 

  1. Las ofertas de Plantaflor no son vinculantes. Los acuerdos que, antes de firmar el contrato, se rea- licen con puntos de venta, representantes o agentes de Plantaflor, precisan para formar parte del contrato, de la confirmación escrita de Plantaflor.

Si en contratos que definen un precio fijo, resultase existir una culpabilidad prolongada, o si los plazos de suministro acordados superasen los 4 meses, y si cambiasen nuestros gastos para la mercancía a suministrar, nos reservamos el derecho a aumentar adecuadamente los precios a partir del 4º mes según la variación correspondiente. Si el comprador no está de acuerdo con los nuevos precios de compra, tiene el derecho a rescisión extraordinaria.

 

  1. Excepto si el comprador va a buscar la mercancía, los precios, en caso de envío por ferrocarril, se entienden con portes pagados a la estación de ferrocarril acordada; en caso de envíos por camión, franco recinto del destinatario; y en caso de transporte naval, franco puerto de destino.

A petición de Plantaflor, el comprador le deberá enviar las cartas de porte originales.

En caso de recogida, el riesgo pasa al comprador, tan pronto como se haya entregado la mercancía a la persona que realiza el transporte.

 

4             Se facturarán los precios de lista válidos el día de la recepción del pedido. El comprador compensará por separado los gastos adicionales imprevistos que Plantaflor tenga, p.ej. debido a condiciones meteorológicas o medidas legales (p.ej. Punto Verde, tasas viarias, impuestos).

Los precios se entienden en neto y en euros por unidad. Además de los precios neto mencionados, se añadirá el IVA legalmente aplicable el día de la entrega o del suministro. Los palets que sirvan para el transporte, se facturarán aparte a un precio de mercado vigente más el IVA legalmente aplicable. El adeudo se realizará junto con la facturación del envío correspondiente. En los países que no estén afiliados al pool de intercambio de europalets, no se aplicará una facturación adicional, siempre y cuando los palets sean intercambiados inmediatamente al descargar.

El peaje será presentado por separado, y debe ser abonado por el comprador, además de los precios de lista dados.

 

  1. En caso de fletes al extranjero, sólo se adoptarán tasas aduaneras, impuestos y demás devengos, así como gastos para el paso por aduanas y la tramitación en la frontera del país de tránsito o de destino, si Plantaflor así lo confirmara expresamente por escrito.

 

  1. Todo aumento de las tasas de transporte entre el momento de la firma del contrato y el de la entrega correrá a cargo del comprador, al igual que cambios legales u oficiales de tasas, costes, devengos o suplementos.

 

  1. Debido a que la fabricación de nuestros productos depende de las condiciones climatológicas existentes, el suministro se hace solo en los plazos de entrega aproximados en el marco de las posibilidades de entrega respectivas, si no se han acordado plazos de entrega especiales o fechas fijas. Se permiten suministros parciales.

Para que se inicie el plazo de entrega acordado, el comprador tiene que cumplir sus compromisos a tiempo y correctamente.

Si el comprador demora la recogida o si infringe por su culpa demás compromisos de cooperación,

Plantaflor estará autorizada a exigir compensación por el daño sufrido hasta el momento, junto a eventuales gastos adicionales. Nos reservamos el derecho a ulteriores reclamaciones. Si se dan tales circunstancias, el riesgo de la extinción casual o de empeoramiento del objeto a comprar pasará al comprador, en el momento en que éste retrase la aceptación o quede en demora.

 

  1. Plantaflor suministra mercancías convencionales, que son adecuadas para el uso normal. Suministramos según unidades (de embalaje) o por volumen seg. DIN EN 12 580.

La estructura de la turba en bruto (turba de marjal alto) y de otras materias primas para la turba y sus productos está sometida a variaciones naturales. También el peso de la turba y el de sus productos varía según la estructura y la humedad. Por ello no se considerarán defectos materiales las variaciones respecto a muestras de venta o a envíos anteriores, a no ser que tales divergencias no puedan ser exigibles al comprador.

 

  1. En lo referente a los deberes de examen y de reclamación de vicios, vale el artículo 377 del Código Mercantil (HGB) alemán, siempre y cuando que el comprador sea un comerciante en el sentido del HGB, teniendo en cuenta que el aviso de vicios tiene que hacerse por escrito y que se sigan ignorando las relaciones especiales del comprador y su culpabilidad al estimar el deber de reclamar vicios. Los vicios manifiestos, particularmente en lo que se refiere a la identidad y cantidad de la mercancía, tienen que comunicarse a Plantaflor lo más tardar 2 días después del suministro y tales vicios que se encuentran primeramente en el marco del examen inmediato debido, lo más tardar 8 días después del suministro. Los vicios ocultos se notificarán de inmediato después de su descubrimiento. Para el cumplimiento de los plazos es suficiente enviar a tiempo la notificación. Independientemente de los plazos mencionados sobre estas líneas, los daños de transporte tienen que comunicarse de inmediato a Plantaflor.

 

  1. Tratándose de vicios, el comprador tiene que dar a Plantaflor la oportunidad de suministrar (cumplimiento posterior) una cosa ausente de vicios dentro de un plazo prudente. La mercancía viciada tiene que devolverse. Si no se ha satisfecho el cumplimiento posterior o ha transcurrido el plazo prudente a poner por el comprador para el cumplimiento posterior o es prescindible de conformidad con las prescripciones legales, el comprador puede reducir el precio de compra o (tratándose de vicios no insignificantes), desistir del contrato de compraventa.

 

  1. En lo que respecta a los sustratos de cultivo y materiales adicionales para suelos que suministramos, se trata de productos naturales, cuyas propiedades (p.ej., color, estructura, composición) pueden diferenciarse, condicionados por su naturaleza, de un suministro a otro. Para evitar riesgos en el cultivo que se producen debido a una manipulación y almacenamiento irreglamentarios a causa de procesos de transformación microbianos y químicos en los productos, nuestros productos pueden usarse solo para los fines de cultivo previstos. Los productos suministrados sueltos y envasados tienen que almacenarse en almacenes cubiertos sobre suelos hormigonados o bien pavimentados, en sitio seco y fresco, es decir, protegidos del sol y de las precipitaciones, así como de una contaminación con sustancias extrañas. Deben elaborarse tras corto tiempo, ya que un almacenamiento prolongado puede disminuir la calidad. Sobre todo los sustratos de cultivo con fertilizantes de larga duración y sustratos de cultivo para plantas de verduras y de adorno, tienen que usarse en pocos días.

Nuestros sustratos de cultivo y materiales adicionales para suelos no son estériles, sino, como es natural, de vitalización microbiana. Los microorganismos pueden ser autóctonos o colonizar sustratos durante el almacenamiento o el cultivo de las plantas en dependencia de la época del año y de las condiciones del cultivo. La gran mayoría de los productos contiene altas cuotas de sustancias orgánicas que, forzosamente, están sometidas a la desintegración microbiana por hongos, bacterias y otros organismos. Los nematodos saprofíticos pueden estar contenidos en pequeñas cantidades en los sustratos de cultivo y los materiales adicionales para suelos. La bonificación de los sustratos de cultivo para el crecimiento de las plantas, fomenta, además, el crecimiento de los organismo saprofíticos. La existencia de organismos saprofíticos y sus consecuencias, tales como, p.ej., fenómenos de más crecimiento de hongos, por esta razón no representan ningún vicio del producto.

Por eso, la colonización de microorganismos ubiquitarios, así como la existencia ubiquitaria de organismos saprofíticos representa acaso un vicio del producto, si los productos en la transferencia del peligro están contaminados antropogénicamente con una cantidad no natural o bien no típica de organismos o microorganismos saprofíticos.

 

  1. Prescripción

(1)          Dirimentemente al artículo 438, apartado 1 N° 3 del Código Civil (BGB) alemán, el plazo general de prescripción de derechos que se desprenden de vicios materiales y jurídicos es de 1 año.

Esto no vale para los derechos

  1. a) de responsabilidad debida a dolo.
  2. b) por daños vitales, corporales o de la salud que se basan en una vulneración de deberes culposa del usuario o en una vulneración de deberes dolosa y culposa de un representante legal o de un auxiliar ejecutivo del usuario y por otros daños que se basan en una vulneración de deberes por temeridad manifiesta del representante legal o auxiliares ejecutivos del usuario.
  3. c) si el vendedor ha silenciado dolosamente el vicio.

(2)          Tratándose de pretensiones por otras vulneraciones de deberes contractuales, por acto prohibido o de recurso interno de conformidad con la Ley sobre Productos Defectuosos alemana (artículo 5, pág. 2 de la Ley (ProdHaftG)), el plazo de prescripción regular, dirimentemente al artículo 195 del Código Civil (BGB) alemán , es de 1 año. Esto no es válido para los casos mencionados en el apartado 1, letras a) y b).

(3)          Las pretensiones del damnificado de conformidad con la Ley sobre Productos Defectuosos y las pretensiones del empresario en el recurso de proveedores no son afectadas por las regulaciones de conformidad con los apartados 1 y 2.

(4)          El comienzo y fin de los plazos de prescripción dependen de las prescripciones legales.

 

  1. Culpabilidad

Somos responsables por daños y perjuicios – indiferentemente por qué causa jurídica – solo en caso de dolo y culpa grave. Tratándose de culpa leve, respondemos de la indemnización por daños y perjuicios solo

  1. a) para los daños que se desprende de una lesión vital, corporal y de la salud.
  2. b) para daños procedentes de una violación de un deber contractual esencial (llamado deber cardenal: obligación cuyo cumplimiento hace posible efectivamente, la realización reglamentaria del contrato y en cuyo cumplimiento confía y puede confiar regularmente la parte contratante); sin embargo, en este caso, nuestra responsabilidad se limita a la sustitución del daño previsible que se produce típicamente.
  3. c) para derechos por vicio, siempre y cuando que hayamos ocultado dolosamente un vicio o hayamos asumido una garantía para la calidad de la mercancía. La referencia a normas en el tráfico comercial no implican ninguna garantía de la calidad en el sentido del artículo 443 del Código Civil (BGB) alemán.
  4. d) para pretensiones del comprador como damnificado de conformidad con la Ley sobre Productos Defectuosos. Con esto no se ha decidido si es aplicable la Ley sobre Productos Defectuosos entre las partes contratantes.

 

  1. Al aceptar letras, las comisiones correspondientes corren a cargo del comprador.

Los cheques y las letras sólo sirven como forma de pago, pero no sustituyen el pago.

Estas disposiciones son válidas, aunque al comprador se le conceda un crédito abierto o de aceptación para tal pago. Incluso sin las premisas del articulo 321 del Código Civil (BGB) alemán, Plantaflor puede en cualquier momento exigir seguridades.

 

  1. Los importes de las facturas vencen y son pagables sin requerimiento especial en 10 días después de haber recibido la factura y el suministro. Si el comprador no paga a la fecha de vencimiento, entrará en mora con el pago – también sin que se requiera una amonestación en vista a la prestación previa llevada a cabo por Plantaflor.

En el marco de un mandato de cargo SEPA, Plantaflor enviará el aviso previo (prenotificación), como mínimo 5 días civiles antes de la fecha de vencimiento del cargo (Due Date).

El lugar de prestación del pago es la sede de Plantaflor.

Si el comprador no paga o no íntegramente a la fecha de vencimiento, debido a esta vulneración de deberes Plantaflor puede, además de ejercitar el derecho de rescisión de conformidad con el artículo 323 del Código Civil (BGB) alemán, también en relación con otros – más – deberes de entrega, puede presentar la excepción por incertidumbre (artículo 321 del Código Civil (BGB) alemán), así como declarar al comprador los cobros pendientes como pagaderos inmediatamente.

El comprador puede compensar solo con pretensiones constatadas de un modo indiscutible o vigente o debido a tales pretensiones, hacer valer los derechos de retención. Además, los derechos de retención son solo admisibles si se basan en la misma relación contractual.

 

  1. Plantaflor se reserva la propiedad de la mercancía que el comprador adquiera de Plantaflor en el marco de sus actividades comerciales, hasta que se hayan compensado todas las deudas del comprador, derivadas de tal relación comercial, inclusive las deudas que se contraerán en el futuro de contratos que se firmaron al mismo tiempo o más tarde. Lo mismo es aplicable cuando se incluyen facturas individuales o todas las facturas de Plantaflor en una factura conjunta corriente, y el saldo es librado y reconocido.

En caso de demora del pago (relativa al precio de compra exigido o a letras vencederas), o en caso de otras infracciones de los deberes del comprador, Plantaflor estará autorizada a retirar la mercancía tras haber avisado o reclamado sin éxito, estando el comprador obligado a entregarla.

Al retirar Plantaflor la mercancía suministrada, sólo rescindirá el contrato, si Plantaflor así lo expresa explícitamente por escrito.

El comprador tiene el derecho a enajenar la mercancía por las vías comerciales ordinarias, bajo la premisa de que los derechos de la reventa pasen como sigue a Plantaflor:

 

El comprador cede ya ahora a Plantaflor todo cobro junto a cualquier derecho vinculado, derivado de la ulterior enajenación o por otros motivos jurídicos frente al adquisidor o terceros, no importando si la mercancía bajo reserva es enajenada sin o tras procesarla. El comprador está autorizado a cobrar esos importes para Plantaflor, incluso tras tal cesión. Ello no afectará el permiso de Plantaflor de denunciar tal cesión o de cobrar ella misma el importe dado, aunque Plantaflor se compromete a no cobrarlo mientras el comprador cumpla correctamente sus compromisos de pago.

Plantaflor puede exigir que el comprador la informe de los cobros cedidos a ella y de los deudores correspondientes, recibiendo todos los detalles necesarios para el cobro y la documentación necesaria, y que informe al deudor de tal cesión. Si se revendiese la mercancía junto a otras mercancías que no pertenezcan a Plantaflor, se considerará cedido el cobro del comprador frente al adquiriente por el importe del precio de entrega acordado entre el comprador y Plantaflor.

La elaboración y el procesamiento de la mercancía bajo reserva y su mezclado se realizarán para Plantaflor en calidad de fabricante en el sentido del artículo 950 del Código Civil (BGB) alemán, sin comprometerla. La mercancía procesada se considerará mercancía bajo reserva en el sentido de estas condiciones. Si la mercancía bajo reserva es procesada o mezclada de forma inseparable con otros objetos que no pertenecen a Plantaflor, Plantaflor adquirirá la copropiedad del nuevo objeto en relación al valor contable de la mercancía bajo reserva, respecto al valor contable de las demás mercancías utilizadas en el momento del procesamiento o del mezclado.

Los derechos de copropiedad así generados se considerarán mercancía reservada en el sentido de estas condiciones.

Plantaflor se compromete a liberar las garantías que le correspondan, si su valor superase en más del 20 % los cobros que deban asegurarse, siempre y cuando éstos todavía no se hayan efectuado.

El comprador sólo estará autorizado o podrá enajenar o usar la mercancía, cuando los derechos derivados de los párrafos anteriores realmente sean traspasados a Plantaflor.

El comprador no está autorizado a disponer de la mercancía reservada, más que para enajenarla o usarla en el usual sentido comercial, especialmente no para pignorarla ni transferirla como seguridad.

El comprador deberá informar inmediatamente a Plantaflor de cualquier medida de ejecución forzosa o demás intervenciones de terceros respecto a la mercancía reservada o los cobros cedidos, entregándole la documentación necesaria para oponerse a ello (especialmente protocolos de pignoración y resoluciones de pignoración o de transferencia). Al mismo tiempo, el comprador deberá añadir a esa información una declaración jurada sobre la identidad de los objetos pignorados.

En caso de cesar los pagos o de solicitud o apertura de un procedimiento de insolvencia, se extinguirá el derecho de enajenación y el de uso de la mercancía reservada, así como la autorización para cobrar las deudas cedidas (en caso de protesto de cheques o de letras, también se extinguirá la autorización de cobro).

Al ser compensado todo derecho de Plantaflor derivado de la relación comercial, pasarán al comprador la propiedad de la mercancía reservada y la de los cobros cedidos.

 

  1. Las circunstancias que hagan imposible la producción o el suministro de mercancía vendida, o impedimentos que sólo se puedan superar a base de un esfuerzo no exigible, tales como fuerza mayor, pandemias/epidemias, guerra, disturbios, huelga, encierro, medidas aleatorias legales o de las autoridades, rotura de maquinaria o demás perturbaciones internas, aunque sean debidas a la intemperie o al tráfico, tanto en la persona de Plantaflor como en las plantas suministradoras o demás proveedores, exonerarán a Plantaflor del deber de suministro mientras dure tal impedimento o sus secuelas, sin que Plantaflor esté obligada a cumplimiento ulterior.

Si en esos casos el suministro no es realizado total o parcialmente en un plazo de 2 meses tras firmar el contrato o de solicitar la mercancía, tanto el comprador como Plantaflor tendrán el derecho a rescindir la parte del contrato que se refiera a la mercancía afectada por tal impedimento o perturbación, sin que se puedan reclamar daños y perjuicios. Tal declaración deberá estar a la disposición del otro socio contractual en un plazo de dos ulteriores semanas.

 

  1. En cuanto a las condiciones comerciales y toda relación jurídica entre Plantaflor y el comprador, es aplicable la legislación de la República Federal de Alemania, excluyéndose el Acuerdo UNCITRAL.

Aunque esas condiciones sean traducidas a otro idioma, en caso de duda será válida la version alemana.

 

  1. Si alguna o varias disposiciones de estas condiciones fuesen o se volviesen legalmente ineficaces, ello no afectará la validez de las demás disposiciones.

La sede exclusiva del juzgado para cualquier litigio derivado directa o indirectamente de esta relación contractual, es la sede de Plantaflor.

 

Versión: 19.10.2021